Bienes públicos, externalidades y los free-riders: el argumento reconsiderado

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Alberto Benegas-Lynch

Resumen

En otras oportunidades me he referido a este tema1, pero debido a que la bibliografía que muestra una perspectiva alejada del mainstream es tan poco conocida-incluso entre los economistas profesionales- se justifica una nueva presentación, aunque más no sea de modo telegráfico debido al tiempo de que dispongo para dirigirme a esta calificada audiencia del seminario que hoy tiene lugar en la Academia Nacional de Ciencias.


La idea de bienes públicos está implícita en la literatura económica desde Knut Wicksell en adelante, pero contemporáneamente fue Paul Samuelson quien sistematizó la idea de bienes de consumo colectivo o bienes públicos2 y las consecuentes externalidades (concepto éste originalmente expuesto por Alfred Marshall y Arthur Cecil Pigou). Se dice que un bien público es aquel que produce efectos sobre quienes no han participado en la transacción. Es decir, aquellos que producen efectos para terceros o externalidades que no son susceptibles de internalizarse3. En otros términos, aquellos bienes que se producen para todos o no se producen, puesto que no se puede excluir a otros. Por ejemplo, un bien público sería un perfume agradable que usa una persona y que otros disfrutan, mientras que un bien privado sería el uso del teléfono que sólo beneficia al usuario. Asimismo, los bienes públicos tienen la característica de la no-rivalidad4, lo cual significa que el bien no disminuye por el hecho de que lo consuma un número mayor de personas. En nuestro ejemplo, no se consume el perfume por el hecho de que un número mayor de personas aproveche el aroma.

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Cómo citar
Benegas-LynchA. (2020). Bienes públicos, externalidades y los free-riders: el argumento reconsiderado. Acta Académica, 22(Mayo), 62-68. Recuperado a partir de http://encuestas.uaca.ac.cr/index.php/actas/article/view/515
Sección
Acta Económica