Salus populi suprema lex esto (La salud del pueblo es la ley suprema)

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Óscar Emilio Quesada-Rodríguez

Resumen

El presente escrito tiene como finalidad demostrar que el artículo 145 de la Constitución Política, brinda facultades a los Ministros de Gobierno para asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias, y participar con voz pero sin voto en los debates del Plenario respecto a los proyectos de ley en discusión. Demostrar que históricamente, los congresistas han interpretado y aplicado los procedimientos regulados en el reglamento legislativo que pertenecen a una figura de otra naturaleza, cual es la del control político. Que mediante la aplicación del verdadero sentido del artículo 145, se puede introducir de manera innovadora la figura del “Primer Ministro” en Costa Rica, creando de esta forma condiciones políticas propicias para una mejor gobernanza, todo esto sin pretender un cambio de sistema político.

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Cómo citar
Quesada-Rodríguez Óscar. (2019). Salus populi suprema lex esto (La salud del pueblo es la ley suprema). Acta Académica, 57(Noviembre), 149-172. Recuperado a partir de http://encuestas.uaca.ac.cr/index.php/actas/article/view/107
Sección
Foro Latinoamericano

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